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Modelos 111 y 115: Guía práctica sobre certificados fiscales en España

Modelos 111 y 115: Guía práctica sobre certificados fiscales en España. En la vida real de trámites y facturación, estos dos modelos son piezas clave para gestionar retenciones e ingresos a cuenta en IRPF y, a la vez, generan certificados que emplean tanto empresas como profesionales y propietarios para justificar ante Hacienda y ante terceros las retenciones practicadas. Su manejo correcto facilita la correcta liquidación de impuestos, evita recargos y simplifica la relación con clientes, proveedores y administraciones. Este texto aborda, desde la experiencia práctica, qué implican estos modelos, qué certificados están vinculados a ellos y cómo obtener, leer y usar esas certificaciones en trámites habituales.

Qué son los Modelos 111 y 115 y qué función cumplen en certificados fiscales

El Modelo 111 es la declaración-liquidación periódica de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF aplicables a rendimientos del trabajo, de actividades profesionales y de determinadas rentas. En la práctica, cuando una empresa o un profesional paga a un trabajador, a un colaborador autónomo o a una empresa por un servicio, puede practicar una retención sobre ese pago. Esa cuota retenida se entrega a la Agencia Tributaria mediante el Modelo 111 y, al mismo tiempo, queda soportada por un comprobante para el perceptor de esa renta. Ese comprobante es la pieza de certificado que el pagador entrega al destinatario para que pueda justificar ante Hacienda su situación fiscal, especialmente al presentar la declaración de la renta anual.

El Modelo 115 se centra en las retenciones e ingresos a cuenta derivados de los alquileres o arrendamientos de inmuebles urbanos. Cuando un arrendador recibe una renta por un inmueble urbano, el arrendatario puede practicar una retención sobre esa renta; esa retención también se declara y se ingresa a Hacienda mediante el Modelo 115. Similar al caso de los rendimientos del trabajo, la parte retenida genera, para el arrendador, un certificado que puede utilizar al hacer su declaración de IRPF o al justificar ante entidades o administraciones la situación de retenciones practicadas en relación con el alquiler.

Ambos modelos tienen una doble dimensión: por un lado, la liquidación trimestral o mensual ante la Agencia Tributaria; por otro, la generación de certificados que acompañan facturas o relaciones contractuales para demostrar que se han aplicado retenciones. En la práctica, esos certificados son herramientas que permiten a los receptores de rentas acreditar ante Hacienda las retenciones practicadas y, en su caso, acelerar o facilitar la deducción de esas cantidades en la declaración anual. En el día a día, se traducen en documentos que justifican la retención ante el destinatario de los pagos (empleado, profesional, arrendatario) y ante la propia Agencia Tributaria.

Qué significa certificado fiscal en este contexto

Un certificado fiscal en relación con Modelos 111 y 115 es, por definición, un documento que acredita la retención o la cuota a cuenta practicada sobre una renta específica. Este certificado puede contener información como:

  • Identificación del pagador o retenedor (persona jurídica o profesional que realiza la retención).
  • Datos del destinatario de la renta (empleado, profesional autónomo, arrendatario).
  • Período de la operación (trimestre para 111; mes para 115, según el caso).
  • Base de retención y porcentaje aplicado.
  • Importe retenido e importe ingresado a Hacienda.
  • Referencias fiscales relevantes (NIF, número de certificado, periodo).

Estos certificados cumplen una función práctica: permiten al perceptor sustentar ante la Agencia Tributaria su situación de IRPF en la declaración anual, y, en la práctica cotidiana, ayuda a negociar con clientes o proveedores, a completar la renta de forma correcta y a responder a requerimientos fiscales o auditorías con documentación verificable.

Quién emite estos certificados y a quién van dirigidos

La emisión de los certificados vinculados a los Modelos 111 y 115 recae en la persona o entidad que practica la retención. Es decir:

  • En el caso del Modelo 111, el pagador del rendimiento (empleador, empresa contratante o entidad que pague honorarios a un profesional) emite un certificado de retenciones al trabajador o profesional afectado por la retención. Este certificado acompaña la liquidación de la retención y se utiliza para la declaración de IRPF anual del perceptor.
  • En el caso del Modelo 115, el arrendador (propietario) emite un certificado de retenciones al arrendatario, o, si corresponde, al responsable de la operación. En la práctica, el certificado sirve para justificar al arrendatario la retención soportada y, a su vez, para que el arrendador declare las cuotas retenidas en su declaración de IRPF o para demostrar ante terceros que dicha retención existió.

Por su parte, la Agencia Tributaria emite certificados oficiales cuando el contribuyente los solicita para fines específicos (por ejemplo, un certificado de estar al corriente de deudas, un certificado de situación censal, o un certificado de retenciones e ingresos a cuenta). En muchos casos, la vía habitual para obtener los certificados relacionados con retenciones es la generación y descarga de certificados a través de la Sede Electrónica de la AEAT, vinculados a los Modelos 111 y 115, o mediante el Certificado Digital o Cl@ve para la autenticación.

Qué información contiene cada certificado asociado a Modelos 111 y 115

Con independencia de que el certificado sea proporcionado por el pagador o descargado desde la Sede Electrónica, conviene saber qué tipología de información se encuentra habitualmente en estos documentos:

  • Certificado de retenciones ( Modelos 111 y 115 a efectos prácticos): contiene datos de identificación del retenedor (empresa o profesional), del retenido (empleado, profesional autónomo o arrendatario), importe total de la retención practicada en el periodo, el tipo de rendimiento o renta, y el periodo al que corresponde la retención. También suele incluir el NIF o CIF de las partes y el año fiscal al que pertenece la retención.
  • Comprobante de retenciones e ingresos a cuenta para el trabajador o arrendatario: documento que acompaña a la factura o a la relación contractual y que facilita la deducción en la cuota del IRPF del perceptor. Puede indicar, además, el importe cobrado neto y la retención aplicada, así como la fecha de pago y la referencia de la operación.
  • Extracto anual (resumen de retenciones): en algunos casos, la Agencia Tributaria o el propio pagador emiten un resumen anual de retenciones (para IRPF), agregando todas las retenciones practicadas a lo largo del año y facilitando al perceptor la declaración del año siguiente.

La información exacta puede variar según el procedimiento de cada empresa o administración y según la versión de los modelos que esté vigente en cada ejercicio fiscal. En cualquier caso, el objetivo es claro: facilitar la verificación de las retenciones y apoyar al destinatario para cumplir correctamente con la declaración de la renta.

Cómo obtener y leer certificados: pasos prácticos en la Sede Electrónica

La vía más habitual para obtener certificados vinculados a Modelos 111 y 115 es la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT). El proceso requiere acreditar la identidad del usuario mediante el certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve, y navegar por la sección adecuada para consultar o generar certificados de retenciones.

  1. Acreditación digital: para descargar certificados o consultar información sensible, es imprescindible disponer de un certificado digital (por ejemplo, FNMT-RCM) o una identidad digital Cl@ve permanente. También se puede usar DNIe en dispositivos compatibles. Este paso garantiza que solo personas autorizadas pueden acceder a la información.
  2. Acceso a la Sede Electrónica: entrar en la página de la AEAT y seleccionar la opción correspondiente a “Certificados y documentos” o a la vía de consulta de retenciones. La ruta exacta puede estar descrita como “Certificados y expedientes” o similar, dependiendo de la versión de la web.
  3. Identificación del certificado a consultar: dentro de la Sede Electrónica, localizar la opción de certificados de retenciones e ingresos a cuenta o bien las secciones de Modelos 111 y 115. En algunas variantes, se generan certificados de retenciones para un año concreto o para un periodo específico (trimestre o mes).
  4. Selección de periodo y generación: elegir el año y, si corresponde, el periodo (trimestre para 111; mes para 115). Confirmar la generación del certificado. En muchos casos, la descarga se realiza en formato PDF o en un fichero-compatible que se puede guardar y/o enviar por correo.
  5. Lectura y comprobación: abrir el certificado descargado y revisar que los datos coinciden con la operación real: nombres o razón social, NIF/CIF, periodo, base imponible, cuota retenida, tipo de rendimiento y total retenido. En caso de discrepancias, es crucial ponerse en contacto con el área de administración o con el área de impuestos de la empresa o entidad que emitió el certificado para solicitar correcciones.

Además de la descarga desde la AEAT, algunas empresas o administraciones permiten generar certificados directamente en sus sistemas internos de gestión, y entregarlos en soporte papel o digital a empleados, autónomos o arrendatarios. En cualquier caso, la finalidad es la misma: disponer de un documento verificable que acredite la retención practicada y facilite la declaración de IRPF en el siguiente ejercicio.

Qué hacer si aparece un error en el certificado

Los certificados son documentos legales y deben reflejar con exactitud las operaciones. Si se detecta un error de importe, periodo, o destinatario, conviene actuar de inmediato. Pasos prácticos:

  • Consultar la factura, nómina o contrato de la operación para confirmar las bases y los tipos de retención aplicados.
  • Contactar con el área de Hacienda de la empresa pagadora o con la persona responsable de nóminas/retenciones para solicitar una corrección o una rectificación del certificado.
  • Si la rectificación depende de la AEAT, iniciar el trámite correspondiente a través de la Sede Electrónica o, si procede, con la vía telemática indicada por la propia AEAT para correcciones de modelos.
  • Conservar todas las comunicaciones y las copias de los certificados, ya que pueden ser requeridos en una inspección o para la elaboración de la declaración de IRPF del año correspondiente.

Cuándo debes usar estos certificados en trámites habituales

Los certificados de retenciones de Modelos 111 y 115 se utilizan en varios escenarios prácticos. Aquí hay los más habituales:

  • Declaración de IRPF anual: al preparar la renta, el contribuyente necesita incorporar las retenciones ya practicadas para reducir el pago o para obtener la devolución correspondiente. Los certificados de retenciones, especialmente el extracto anual (Modelo 190 en algunos casos, o su equivalente en la Agencia), ayudan a consolidar esa información de forma fiable.
  • Demostración de ingresos y retenciones: ante clientes o proveedores, o ante entidades financieras, puede requerirse un certificado de retenciones para acreditar que se han aplicado las retenciones previstas por ley, lo que facilita trámites de crédito, subvenciones o licitaciones.
  • Verificación de cumplimiento por parte de administraciones: en determinados procesos administrativos, cuando una empresa quiere demostrar estar al día en obligaciones fiscales, se pueden pedir certificados que certifiquen el cumplimiento de retenciones e ingresos a cuenta, incluyendo Modelos 111 y 115 en su alcance.
  • Resolución de discrepancias en facturación: cuando un trabajador autónomo o un arrendatario detecta discrepancias entre lo facturado y la retención practicada, el certificado sirve como base para corregir la factura o la nómina y para ajustar futuras liquidaciones.

Casos prácticos para entender la utilidad de los certificados

Caso práctico 1: un profesional autónomo contratado para servicios

Una empresa contrata a un profesional autónomo para asesoría. La empresa aplica una retención del IRPF sobre la factura del profesional, de acuerdo con la normativa vigente. Cada trimestre, la empresa presenta el Modelo 111 para declarar las retenciones practicadas y paga la cuota correspondiente a la Agencia Tributaria. Después de cerrar el año, el profesional recibe un certificado de retenciones que resume las retenciones aplicadas durante el año. Este certificado es clave para que el profesional, al hacer su declaración de IRPF anual, no esté obligado a pagar de nuevo la cuota retenida y pueda deducirla adecuadamente. Si la cifra de retención anual indicada en el certificado no coincide con la suma de las liquidaciones trimestrales del Modelo 111, conviene revisar las nóminas y las facturas para corregir cualquier desajuste.

Caso práctico 2: arrendamientos de vivienda y retención en alquiler

Un propietario alquila un piso y recibe ingresos mensuales. El inquilino practica una retención sobre el alquiler, criptando el rendimiento con una tasa habitual (por norma general, la retención suele situarse alrededor del 19%). Cada mes se genera el certificado correspondiente que acredita la retención aplicada; el arrendador, al hacer su declaración de IRPF, podrá deducir esas retenciones como ingresos a cuenta del impuesto. Al cierre del año, se compilan las retenciones en un certificado que facilita la tributación del arrendador, ya sea para su declaración o para justificar ante una entidad bancaria la situación fiscal y la disponibilidad de ingresos netos tras retenciones.

Buenas prácticas para manejar certificados fiscales en este contexto

Adoptar hábitos claros facilita la gestión de Modelos 111 y 115 y la obtención de certificados fiables. Estas prácticas pueden marcar la diferencia:

  • Organización documental: mantener un sistema ordenado de facturas, nóminas, contratos y comunicaciones relacionadas con retenciones. Esto facilita identificar rápidamente el periodo y la base de cada retención cuando se genera el certificado correspondiente.
  • Verificación previa: antes de entregar un certificado a un tercero, verificar que los datos coinciden con la factura o nómina y que la retención indicada es la correcta. Un certificado con datos incorrectos puede generar problemas en la declaración de IRPF del receptor o en la propia contabilidad de la empresa.
  • Actualización tecnológica: si la empresa gestiona retenciones con software de contabilidad, asegurar que las actualizaciones estén al día. La AEAT suele adaptar las plantillas y los formatos de certificados; disponer de un sistema actualizado reduce errores.
  • Comunicación proactiva: cuando haya cambios en tipos de retención, en la normativa o en las condiciones contractuales, comunicarlo a los afectados y ajustar los certificados y liquidaciones correspondientes cuanto antes.
  • Protección de datos: los certificados contienen información fiscal sensible. Implementar buenas prácticas de protección de datos personales y restringir el acceso solo a personas autorizadas.

Aspectos prácticos sobre plazos y cumplimiento

Para Modelos 111 y 115, conviene recordar algunos plazos y criterios clave que influyen en la generación de certificados y en la gestión de las retenciones:

  • Modelo 111: liquidación de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos sujetos a IRPF. El periodo de presentación es trimestral, y la fecha límite suele situarse el día 20 del mes siguiente al final del trimestre natural. En la práctica, los trimestres cubren enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre y octubre-diciembre. El certificado correspondiente para el receptor de la renta se emite cuando se consoliden las liquidaciones y puede facilitarse durante la misma ventana de presentación o con posterioridad, dependiendo de la organización interna de la empresa.
  • Modelo 115: retenciones sobre alquileres de inmuebles urbanos. Suele estar asociado a una obligación de presentación mensual, con las retenciones declaradas y pagadas dentro del mes siguiente al periodo. Además, a lo largo del año se pueden generar certificados que agrupan las retenciones de cada mes para el arrendador o para la adecuada presentación de la renta anual. La versión anual de estas liquidaciones también está conectada con el Modelo 190, que consolida retenciones e ingresos a cuenta para la declaración del IRPF.
  • Conexión entre certificado y declaración anual: tanto para 111 como para 115, el objetivo de los certificados es facilitar la declaración anual de IRPF. A medida que se acumulan retenciones a lo largo del año, los certificados deben ser consistentes con las liquidaciones trimestrales o mensuales y con el resumen anual que se presente ante Hacienda.

Notas sobre la relación entre certificados y otros trámites fiscales

Además de los certificados derivados de Modelo 111 y 115, existen otros documentos y trámites que pueden estar vinculados en la contabilidad fiscal de una empresa, profesional o arrendador:

  • Modelo 190: resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Aunque no es un certificado para terceros, sí es una pieza clave para consolidar la información de todas las retenciones practicadas a lo largo del año y, a su vez, sirve de base para la declaración de IRPF del perceptor.
  • Certificado de estar al corriente de pagos: documento que, a veces, se solicita para validar que la empresa o el profesional no tiene deudas tributarias pendientes y para poder participar en concursos, licitaciones o trámites con otras administraciones.
  • Certificados de situación censal: en ciertos trámites, es útil acreditar el régimen de actividades y el censo de empresarios, profesionales y retenedores ante la AEAT. Aunque no está vinculado directamente con los Modelos 111 y 115, puede acompañar a la documentación fiscal del contribuyente.

Conclusiones prácticas para el día a día

Los Modelos 111 y 115 representan la columna vertebral de cómo Hacienda recaudará las retenciones correspondientes a IRPF en distintos tipos de rendimientos. Los certificados fiscales vinculados a estos modelos hacen más llevadera la relación entre pagadores y perceptores, y entre empresas y administraciones, al proporcionar evidencia clara y verificable de las retenciones practicadas.

En la práctica, lo relevante es mantener una rutina de revisión de datos, gestionar las retenciones de forma oportuna y disponer de certificados bien redactados que reflejen con precisión cada operación. La utilización de la Sede Electrónica de la AEAT, con credenciales digitales adecuadas, reduce errores y facilita la obtención de certificados tanto para terceros como para la propia declaración de IRPF. La clave está en la consistencia entre lo que se declara trimestral o mensualmente y lo que se refleja en los certificados entregados al receptor de la renta.

Con una gestión ordenada, esos certificados dejan de ser un simple trámite administrativo y se convierten en herramientas útiles para la transparencia fiscal y para la tranquilidad de quienes deben presentar su declaración anual. Cuando surge una duda, recurrir a las guías oficiales de la AEAT y, si es necesario, consultar con un asesor fiscal, ayuda a evitar errores que pueden costar tiempo y recursos.

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